Abogado de extradición en Madrid: Audiencia Nacional y procedimiento local
Si se produce una detención por extradición en Madrid, los órganos judiciales clave son la Sección de Instrucción del Tribunal Central de Instancia y, para la fase judicial contradictoria de la extradición clásica, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. Ambos órganos centrales tienen su sede en Madrid, pero jurisdicción en toda España; por tanto, no se trata de un asunto que resuelva un juzgado penal ordinario de Madrid. El primer plazo depende de la vía aplicable: en una detención provisional urgente para extradición clásica, la persona debe ser puesta a disposición de la autoridad judicial central en 24 horas, mientras que la orden europea de detención y entrega (OEDE) tiene una regla específica de 72 horas. Hay que identificar de inmediato el procedimiento y obtener la resolución judicial.
¿Qué órgano de Madrid tramita realmente una extradición?
La referencia a la «Audiencia Nacional» es correcta en términos generales, pero la reforma judicial de 2025 cambió la denominación del órgano de instrucción. La Sección de Instrucción del Tribunal Central de Instancia, con sede en Madrid, tramita los expedientes de extradición pasiva y de ejecución de OEDE conforme al artículo 95 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional resuelve la fase judicial controvertida de la extradición clásica. En documentos antiguos puede aparecer «Juzgado Central de Instrucción»: confirme con la oficina judicial la sección actualmente asignada y el número de procedimiento.
| Institución | Función local | Consecuencia práctica |
|---|---|---|
| Sección de Instrucción del Tribunal Central de Instancia, Madrid | Tramita la ejecución de OEDE y los procedimientos de extradición pasiva; recibe a la persona y adopta las primeras decisiones judiciales. | Solicite el número de procedimiento, la sección asignada y la fecha de la siguiente comparecencia. No dé por hecho que decidirá un juzgado penal ordinario de Madrid. |
| Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional | Conoce de la fase judicial controvertida de la extradición clásica conforme a la Ley 4/1985. | La defensa debe preparar las pruebas específicas de extradición y su posición escrita para esta Sala. |
| Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional | Resuelve el recurso de súplica previsto por la ley contra la resolución de la Sala en una extradición clásica. | Es una revisión por el Pleno de la Sala de lo Penal, no un recurso ordinario ante una audiencia provincial. |
| Fiscalía de la Audiencia Nacional | Ministerio Fiscal que interviene ante la Audiencia Nacional. | La Fiscalía participa en el procedimiento judicial, pero no es el contacto para recibir asesoramiento jurídico privado. |
| Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid–Barajas | Punto internacional de entrada donde puede detectarse una alerta o una orden y practicarse una detención. | Anote la hora y el lugar de la detención y, si se conoce, la unidad policial actuante. El personal del aeropuerto no decide sobre la extradición. |
La Fiscalía de la Audiencia Nacional es el Ministerio Fiscal que interviene ante el Tribunal Nacional. Su página institucional permite confirmar su función, pero no sustituye la comprobación del expediente y del lugar de la vista. Una persona detenida en otra parte de España también puede incorporarse al procedimiento central; Barajas no cuenta con un juzgado de extradición propio.
¿Qué ocurre en las primeras horas tras una detención en Madrid?
El plazo aplicable depende del instrumento y de la fase procesal. La tabla es un plan de actuación práctico, no una promesa sobre la hora exacta de la comparecencia.
| Vía | Plazo comprobado | Qué deben hacer la persona y su familia |
|---|---|---|
| Detención provisional urgente para extradición clásica fuera del sistema OEDE | Conforme al artículo 8 de la Ley 4/1985, la persona debe quedar a disposición de la autoridad judicial central de guardia en un máximo de 24 horas. Si el Estado requirente no presenta formalmente y en debida forma la solicitud de extradición dentro de 40 días, debe dejarse sin efecto la prisión provisional acordada por esa vía urgente. Si la solicitud se presenta a tiempo, el artículo 10 permite un período adicional de hasta 40 días para que las autoridades españolas tramiten la decisión de continuar la vía judicial. | Obtenga la hora de detención, el aviso de detención provisional y el nombre del Estado requirente. Pida al abogado que compruebe si ha llegado la solicitud formal y qué tratado resulta aplicable. |
| Extradición clásica después de que el Gobierno autorice la continuación judicial | El artículo 11 de la Ley 4/1985 exige que una persona que aún no esté detenida sea puesta a disposición de la autoridad judicial central competente dentro de las 24 horas siguientes a la detención ordenada para ejecutar la decisión del Gobierno. Conforme al artículo 12, el auto del juez tras la primera comparecencia debe dictarse dentro de las 24 horas siguientes a esa comparecencia. | Compruebe que la persona dispone de abogado y, si hace falta, intérprete. Debe entender la diferencia entre oponerse a la extradición y consentirla. |
| Orden europea de detención y entrega emitida por otro Estado miembro de la UE | El artículo 50 de la Ley 23/2014 exige que un adulto sea puesto a disposición de la autoridad judicial central dentro de las 72 horas siguientes a la detención. Para un menor de al menos 14 años, el plazo legal es de 24 horas y es competente la Sección de Menores del Tribunal Central de Instancia; la Ley 23/2014 conserva la denominación anterior Juzgado Central de Menores. El artículo 51 exige que la primera audiencia se celebre dentro de las 72 horas desde la puesta a disposición judicial. | Pida una copia de la OEDE y la identificación de la autoridad emisora. No aplique al procedimiento de OEDE la regla de 24 horas propia de la extradición clásica. |
El límite constitucional de 72 horas de detención policial es una garantía, no el plazo para completar la extradición. El artículo 17 de la Constitución exige que la persona sea puesta en libertad o a disposición judicial dentro de ese máximo, que reciba información comprensible sobre los motivos de la detención y sus derechos, y que tenga asistencia letrada. La OEDE está sujeta además a los plazos específicos de la Ley 23/2014.
¿Dónde está detenida la persona y cómo pueden contactar la familia o el abogado extranjero?
No se ha podido verificar un único centro penitenciario para todas las personas detenidas en Madrid por extradición. La custodia inicial puede estar a cargo de la unidad policial que practicó la detención; el destino posterior depende de la resolución. Pida a la autoridad responsable o a la oficina judicial que confirme el lugar de custodia, el número de procedimiento y qué autoridad controla la medida. No envíe documentos confidenciales a un mostrador del aeropuerto ni a un correo electrónico no verificado.
En la primera comparecencia de extradición clásica, la ley exige abogado y, si procede, intérprete; se cita al Ministerio Fiscal. En la audiencia de la OEDE también intervienen el fiscal, el abogado defensor y, cuando sea necesario, un intérprete. Si la persona no entiende español, solicite intérprete antes de responder sobre el fondo o firmar documentos.
El abogado extranjero puede coordinar documentos con el abogado español, pero no debe dar por supuesto que puede comparecer sin cumplir los requisitos españoles. La familia puede conservar documentos de identidad y residencia, información médica, pruebas sobre responsabilidades familiares y los datos del abogado del Estado requirente. Pregunte al abogado español qué documentos pueden presentarse y cómo hacerlo.
¿Qué se decide en la primera comparecencia?
Según el artículo 12 de la Ley 4/1985, la persona comparece con abogado y, si es necesario, intérprete; el juez pregunta si consiente la extradición o se opone. Si se opone, el juez decide si queda en libertad o continúa detenida, con o sin fianza u otras condiciones, antes de remitir las actuaciones a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. El auto debe dictarse dentro de las 24 horas siguientes a la comparecencia. El recurso de reforma normalmente debe interponerse dentro de los tres días siguientes a la notificación; el abogado debe calcular el plazo a partir de la notificación efectivamente practicada. El artículo 14 dispone que la vista se señale dentro de los 15 días siguientes al período de instrucción. El artículo 12 también permite solicitar información que falte, con un plazo de complemento que no puede superar los 30 días.
La OEDE se rige por una ley distinta. Se informa a la persona de la orden, de la posibilidad de designar un abogado en el Estado emisor para asistir al abogado en España y de la posibilidad de consentir la entrega. El consentimiento es irrevocable. Es distinto de renunciar al principio de especialidad, renuncia que debe quedar registrada por separado si se produce. Antes de adoptar cualquiera de esas decisiones, solicite interpretación y asesoramiento jurídico.
Para una OEDE, la Ley 23/2014 fija 10 días desde la audiencia para decidir cuando la persona consiente la entrega. Si no consiente, el juez debe señalar una vista adicional en un máximo de tres días y resolver dentro de los 10 días siguientes a esa vista; la ley también fija un plazo de 60 días desde la detención para una resolución firme, prorrogable otros 30 días por motivos justificados. Son plazos de decisión, no una fecha garantizada de entrega. La extradición clásica no tiene una duración total única y fiable.
¿Qué recurso corresponde y qué tribunal lo resuelve?
Primero hay que distinguir la extradición clásica de la OEDE. La extradición clásica a un Estado no miembro de la UE se rige por la Ley 4/1985 y el tratado aplicable. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional dicta un auto motivado dentro de los tres días siguientes a la vista. Conforme al artículo 15, el único recurso ordinario previsto contra ese auto es el recurso de súplica ante el Pleno de la Sala. El artículo 15 impide designar ponente a cualquiera de los magistrados que dictaron el auto impugnado; no dispone que queden excluidos del Pleno. No es una apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.
Una vez agotada la vía judicial ordinaria, puede valorarse un recurso de amparo constitucional por una vulneración de derechos fundamentales correctamente fundamentada. No es un nuevo juicio penal extranjero ni suspende automáticamente la entrega. Los motivos detallados de denegación, las medidas provisionales y otras vías de recurso corresponden a la página sobre cómo impugnar la extradición desde España.
Cuando la defensa sostiene que la orden de detención del Estado requirente no fue refrendada judicialmente, las sentencias STC 17/2024 y STC 51/2024 del Tribunal Constitucional muestran que ese argumento no es decisivo automáticamente. El tribunal debe examinar el tratado aplicable, la competencia jurídica de la autoridad emisora y si la documentación permite valorar de forma motivada la necesidad y proporcionalidad de la solicitud. El abogado debe revisar el tratado y el expediente concreto; no basta con atender al nombre del organismo emisor.
En una OEDE, la decisión de entrega adoptada sin consentimiento puede recurrirse directamente ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional conforme al artículo 51.8 de la Ley 23/2014. El recurso se rige por la Ley de Enjuiciamiento Criminal; el artículo 766 prevé normalmente un plazo de cinco días desde la notificación del auto impugnado. El abogado debe computarlo desde el día siguiente a la notificación efectiva, conforme a las reglas procesales aplicables. Por separado, el artículo 53.4 permite recurrir, en las mismas condiciones, las resoluciones sobre prisión provisional o libertad provisional; ese recurso cuestiona la medida de custodia, no la decisión de entrega. En cambio, el artículo 51.4 establece expresamente que no cabe recurso contra el auto que acuerda la entrega después de que la persona haya consentido. No traslade a una OEDE el recurso de súplica de la extradición clásica. Consulte la guía de extradición desde España, la página sobre impugnación de la extradición y la guía sobre la OEDE.
¿Qué debe preparar la familia antes de contactar con un abogado en Madrid?
- Nombre completo de la persona detenida, fecha de nacimiento, nacionalidades, datos del pasaporte y variantes ortográficas utilizadas en documentos extranjeros.
- Hora y lugar exactos de la detención, unidad policial si se conoce, lugar de custodia y cualquier documento o número de procedimiento recibido.
- Foto o copia del aviso de detención, la OEDE, información sobre una notificación roja de INTERPOL o documentos oficiales de extradición, si se obtuvieron legalmente.
- Cualquier auto judicial, citación, aviso de vista o plazo, incluida la fecha y el modo de notificación.
- Datos de contacto del abogado extranjero y de la autoridad del Estado requirente, además de traducciones juradas de documentos esenciales cuando existan.
- Pruebas relativas a identidad, residencia, vínculos familiares, salud, cumplimiento de condena o posibles defectos procesales. Conserve los originales y facilite copias salvo que el abogado indique otra cosa.
- Idioma preferido de la persona y cualquier necesidad médica inmediata o de accesibilidad.
La Comunidad de Madrid publica la vía de solicitud de asistencia jurídica gratuita y la función del Colegio de la Abogacía de Madrid. La persona detenida debe pedir abogado de inmediato; el derecho a representación financiada públicamente se valora por separado. La asistencia inmediata de un abogado de guardia y la resolución posterior sobre justicia gratuita están relacionadas, pero no son lo mismo.
Ejemplo hipotético: de Barajas al órgano judicial central
Como hipótesis, un viajero es detenido en Barajas tras activarse una alerta. La alerta por sí sola no permite saber si se trata de una OEDE, una extradición clásica urgente o una medida de extranjería. Identifique el instrumento y la hora de detención, solicite abogado e intérprete y confirme qué sección central conoce del asunto. Para una OEDE de un adulto, controle los plazos de 72 horas para la puesta a disposición y la primera audiencia; para un menor de al menos 14 años, el plazo de presentación es de 24 horas. En la extradición clásica urgente, compruebe las 24 horas para la presentación, los primeros 40 días para la solicitud formal y la posible ampliación de otros 40 días para la decisión de las autoridades. Los plazos no son intercambiables.
¿En qué se diferencia el recorrido de Madrid de otros recorridos locales?
Madrid es la sede nacional del órgano judicial central de instrucción y de la Audiencia Nacional. Por ello, una detención en Barajas pasa al procedimiento judicial central nacional, no a un juzgado del aeropuerto; las detenciones en otras regiones también pueden seguir esa vía. La guía sobre una detención en Barcelona trata un escenario local distinto de detención y traslado.
Esta página trata de los órganos judiciales de Madrid y del acceso práctico al expediente, no de la totalidad del procedimiento nacional ni de los motivos detallados de denegación.
Preguntas frecuentes
¿Todos los procedimientos de extradición en España pasan por Madrid?
Los procedimientos de extradición pasiva y de ejecución de OEDE corresponden a órganos centrales con sede en Madrid y jurisdicción en toda España. La detención y la custodia policial inicial pueden producirse en otro lugar, por lo que los primeros pasos locales dependen del lugar y las circunstancias de la detención.
¿Las 72 horas son el plazo del procedimiento completo?
No. En una OEDE, las 72 horas regulan la puesta a disposición judicial después de la detención y otro período de 72 horas regula la primera audiencia después de esa puesta a disposición. No es el plazo para la entrega definitiva. La extradición clásica tiene reglas diferentes, incluida la presentación en 24 horas en la vía de detención provisional urgente.
¿Puede quedar en libertad la persona mientras se tramita el asunto?
Según la vía y las circunstancias, el juez puede acordar la libertad o imponer condiciones en lugar de mantener la detención. Es una decisión concreta del caso, no un resultado automático por contratar abogado o presentar un recurso.
¿Puede la familia visitar a la persona detenida?
El acceso depende del lugar de custodia, del régimen aplicable y de las restricciones judiciales que puedan existir. Primero confirme el lugar y la referencia del procedimiento con la autoridad responsable y después consulte al abogado cómo organizar un contacto permitido.
Fuentes jurídicas e institucionales oficiales
- Ley 4/1985 de Extradición Pasiva (texto consolidado oficial)
- Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, incluidos los artículos 62 y 95 modificados
- Ley 23/2014 de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la UE
- Constitución Española, artículo 17
- Ley de Enjuiciamiento Criminal, incluidos los artículos 211, 520 y 766
- Tribunal Constitucional, STC 17/2024, de 31 de enero de 2024
- Tribunal Constitucional, STC 51/2024, de 8 de abril de 2024
- Fiscalía de la Audiencia Nacional (información institucional oficial)
- Comunidad de Madrid: preguntas frecuentes sobre asistencia jurídica gratuita
- Aena: aeropuerto Adolfo Suárez Madrid–Barajas
Para una valoración específica del caso, el equipo del sitio puede coordinar la defensa transfronteriza con abogados locales. Para solicitar una primera revisión, utilice la página de contacto.