Extradición por países

Extradición desde Grecia: procedimiento y función del abogado

En Grecia, una solicitud de extradición ordinaria la examina primero el Consejo de la Audiencia de Apelación territorialmente competente (Symvoulio Efeton); la decisión puede recurrirse ante el Tribunal Supremo griego (Areios Pagos). El ministro de Justicia solo puede ordenar la entrega cuando exista un dictamen judicial favorable firme; el plazo ordinario de recurso es de cinco días desde la publicación de la decisión en audiencia.

Si usted o un familiar han sido detenidos, distinga una notificación roja de INTERPOL de la detención, el dictamen judicial y la decisión ministerial de entrega. Obtenga los documentos griegos, averigüe si se trata de extradición ordinaria o de una orden europea de detención y entrega (OEDE), y contacte de inmediato con un abogado defensor en Grecia.

¿Qué procedimiento se aplica: extradición u orden europea de detención y entrega?

Empiece por identificar el Estado requirente y el instrumento jurídico invocado. Para una solicitud de un Estado no perteneciente a la UE, el marco habitual es el tratado de extradición aplicable y, en la medida en que no lo contradiga, el Código griego de Procedimiento Penal (CPP), Ley 4620/2019, artículos 436–457. El artículo 436 somete las normas del Código a reciprocidad cuando no se aplica ninguna convención y las utiliza para cubrir las lagunas de un tratado. Un tratado bilateral o especial puede cambiar el resultado, por lo que el abogado debe determinar la base jurídica exacta.

Una OEDE emitida por otro Estado miembro de la UE sigue un procedimiento de entrega distinto conforme a la Ley griega 3251/2004 y a la Decisión Marco 2002/584/JAI. No es una extradición ordinaria con otro nombre: las autoridades, los motivos de denegación y los plazos son diferentes. El artículo 17 de la Decisión Marco establece 10 días después del consentimiento y 60 días desde la detención en los demás casos, con una posible prórroga adicional de 30 días en determinadas circunstancias. Son plazos para decidir sobre una OEDE, no plazos de recurso o de detención en la extradición ordinaria. Una solicitud de un Estado europeo no perteneciente a la UE no es una OEDE solo porque ese Estado esté en Europa; hay que comprobar si se aplica un acuerdo de entrega separado. Consulte la guía del procedimiento de la OEDE.

Grecia está vinculada por el Convenio Europeo de Extradición de 1957 (STE n.º 24) desde el 27 de agosto de 1961. La Oficina de Tratados del Consejo de Europa registra reservas y declaraciones griegas relativas a la nacionalidad (artículo 6), la jurisdicción (artículo 7), la pena de muerte (artículo 11), determinadas solicitudes repetidas (artículo 18.4) y el aplazamiento de la entrega (artículo 19). El Convenio debe leerse junto con esas declaraciones y el CPP vigente; compruebe cualquier otro tratado aplicable al Estado requirente y a los hechos alegados.

¿Qué normas griegas rigen una solicitud de extradición ordinaria?

Las principales disposiciones nacionales se encuentran en el Libro Quinto, Sección Tercera, Capítulo Primero del CPP. El tratado aplicable puede modificar la forma en que opera una disposición.

Norma o instrumentoMateria reguladaImportancia práctica
Artículo 436 del CPPRelación con el tratado; reciprocidad si no hay convención.Identifique primero el tratado y utilice el Código para las cuestiones que este no regule.
Artículo 437 del CPPRequisitos mínimos.Por regla general, el delito debe estar castigado en ambos Estados con una pena privativa de libertad cuyo máximo supere los dos años; si la solicitud se basa en una condena firme, la pena firme debe ser de al menos un año. Compruebe el tratado.
Artículos 438–442 del CPPProhibiciones, solicitudes concurrentes, especialidad y aplazamiento.Aplique estas reglas a los hechos y al tratado; los motivos detallados de denegación se desarrollan en la página relacionada.
Artículos 443–447 del CPPDocumentos, aclaraciones, detención, identidad y acceso al expediente.Revise si faltan documentos o existen incoherencias; la persona puede pedir copias a su costa.
Artículos 448–452 del CPPConsentimiento, vista, recurso, decisión ministerial y detención.Estas disposiciones establecen el calendario principal e identifican a las autoridades decisoras.
Artículo 457 del CPPReextradición después de que una persona haya sido entregada a Grecia.Si un tercer Estado solicita a la persona por un delito anterior y distinto, la entrega posterior requiere el consentimiento del Estado que la entregó inicialmente a Grecia.Si se trata de una reextradición y no de la primera solicitud, identifique el Estado que realizó la entrega inicial y compruebe que su consentimiento consta en el expediente.
Convenio Europeo, STE n.º 24Solicitudes entre Estados vinculados por el Convenio, con sujeción a protocolos y reservas.Compruebe las declaraciones de Grecia y el estado del tratado respecto del Estado requirente.
Ley 3251/2004 y Decisión Marco 2002/584/JAIEntrega mediante OEDE entre Estados miembros de la UE.Utilice el procedimiento separado de la OEDE cuando sea aplicable.

¿Quién decide: la Audiencia de Apelación, el Areios Pagos o el ministro?

La etiqueta de trabajo —Consejo de la Audiencia de Apelación y Areios Pagos— es básicamente correcta, pero incompleta. El órgano judicial de primera instancia es el Consejo de la Audiencia de Apelación territorialmente competente (Symvoulio Efeton), no un único tribunal nacional con sede en Atenas. El distrito depende de dónde se encuentre la persona y de las autoridades que tramiten la solicitud. El presidente y el fiscal de la Audiencia de Apelación tienen funciones diferenciadas en la detención y la preparación del expediente.

El Consejo de la Audiencia de Apelación emite un dictamen judicial motivado sobre la solicitud. Conforme al artículo 451, la persona reclamada y el fiscal de la Audiencia de Apelación pueden recurrir la decisión definitiva ante el Areios Pagos. El Tribunal Supremo resuelve ese recurso legal en formación de consejo. La fase ejecutiva es independiente: el artículo 452 permite al ministro de Justicia ordenar la extradición únicamente después de que el dictamen judicial favorable sea firme y ya no admita recurso. Por tanto, el ministro no sustituye al tribunal de recurso, y el dictamen judicial favorable no constituye por sí solo la orden ministerial de entrega. El recurso debe cumplir el artículo 474 y exponer sus motivos. En la resolución 124/2026, el Areios Pagos confirmó que, cuando el recurso concreta motivos, la revisión se limita a los puntos que estos impugnan; el abogado debe formular claramente cada cuestión que quiera someter a revisión.

En la práctica, el abogado debe comprobar si el expediente sigue ante el Consejo, si ya ha comenzado el plazo de cinco días para recurrir, si la decisión es firme y si se ha notificado la decisión ministerial. Cada fase corresponde a una autoridad diferente y tiene consecuencias distintas.

¿Cómo pasa una extradición ordinaria de la detención a la entrega?

EtapaAutoridadPlazo o reglaQué debe hacer la defensa
1. Documentación de la solicitudEstado requirente; autoridades griegasSe aplican los requisitos del tratado y del CPP; no existe una duración total garantizada.Obtenga la solicitud, la orden o sentencia, las disposiciones penales, las traducciones y los datos de identidad. Confirme si la solicitud busca el enjuiciamiento o la ejecución de una condena.
2. DetenciónPresidente de la Audiencia de Apelación; fiscal y policíaEl artículo 445 prevé una orden tras recibir los documentos; también puede existir una detención provisional urgente.Identifique el instrumento de detención y registre la hora y el lugar. Solicite intérprete y abogado. Una notificación roja no es una decisión definitiva de extradición.
3. Identidad y expedienteFiscal de la Audiencia de ApelaciónEl artículo 446 exige la presentación sin demora para verificar la identidad.Compruebe el nombre, la fecha de nacimiento, la nacionalidad y los alias. Conforme al artículo 447, solicite acceso a los documentos y copias a su costa.
4. Vista ante el ConsejoConsejo de la Audiencia de Apelación competenteEl artículo 449 fija tres días desde la recepción de los informes de detención e identidad para convocar al Consejo.Comparezca con abogado e intérprete. Aborde la identidad, los documentos exigidos y el cumplimiento de la ley y del tratado aplicables. La vista suele ser pública, con las excepciones legales.
5. RecursoAreios PagosArtículo 451: cinco días desde la publicación de la decisión en audiencia; el plazo para que el Tribunal Supremo decida es de quince días.Confirme por escrito la fecha de publicación y presente el recurso en la forma exigida dentro del plazo. No suponga que recibir una copia más tarde cambia el inicio del cómputo.
6. Decisión ministerial y entregaMinistro de Justicia; autoridades competentesEl artículo 452 exige un dictamen judicial favorable firme. Debe ponerse en libertad a la persona si el Estado requirente no la recoge dentro de los dos meses siguientes a la notificación de la decisión ministerial al Estado requirente.Obtenga la decisión y la constancia de notificación. Compruebe si hay procedimientos griegos, órdenes de aplazamiento o condiciones del tratado que afecten a la entrega.

¿Qué derechos tiene la persona en la primera vista?

La vista de extradición es un procedimiento judicial, no un interrogatorio policial informal. El artículo 449 permite que la persona comparezca con abogado e intérprete de su elección; si no dispone de ellos, puede pedir al presidente de la Audiencia de Apelación que los designe. La vista suele ser pública, con las excepciones previstas por la ley. Consulte con el abogado las decisiones procesales antes de la vista.

Conforme al artículo 450, el Consejo emite un dictamen motivado sobre la identidad, la existencia de los documentos requeridos, si el delito permite la extradición y las prohibiciones legales aplicables. Según el artículo 450(2), salvo que un tratado lo impida, el Consejo también examina si las pruebas oficiales aportadas permitirían detener y enviar a juicio a la persona en Grecia si el delito se hubiera cometido allí. Puede recabar otros elementos útiles y aplazar la decisión definitiva hasta tres meses. Normalmente no celebra un juicio completo sobre la culpabilidad; el alcance de este examen probatorio limitado depende del tratado y del expediente. En una solicitud de ejecución de condena, no dé por supuesto que se aplica este examen de las pruebas: el tratado aplicable puede excluirlo.

El artículo 447 reconoce a la persona el derecho a conocer los documentos y solicitar copias a su costa. El abogado debe comparar la orden o sentencia original, los datos de identidad y los documentos del tratado, y pedir las aclaraciones adicionales recibidas del Estado extranjero.

¿Cuánto puede durar la detención y es posible la libertad bajo fianza?

La detención no es obligatoria en todas las fases. Conforme al artículo 449, el Consejo competente puede ordenar la libertad provisional y fijar una fianza según las normas procesales nacionales. Valora las circunstancias; tener domicilio, vínculos familiares u ofrecer una fianza no garantiza la libertad. La libertad provisional puede extinguirse cuando se publica una decisión que aprueba la extradición, por lo que hay que comprobar el alcance de cada resolución y no suponer que la fianza continúa durante el recurso.

El artículo 452 fija un límite de detención de 24 meses desde la detención, prorrogable seis meses más por decisión del Consejo judicial. El artículo 96 de la Ley 4623/2019 elevó el plazo original de 12 a 24 meses. Por separado, exige la puesta en libertad si el Estado requirente no recoge a la persona dentro de los dos meses siguientes a la notificación de la decisión ministerial al Estado requirente. Son garantías legales, no una predicción de la duración del asunto ni una liberación automática sin revisar los documentos de custodia. Si se impugna la detención, el Consejo competente resuelve las objeciones conforme al artículo 452; el abogado debe calcular el plazo desde la fecha documentada de detención y comprobar cualquier prórroga.

Estos límites son distintos de los plazos de la OEDE. Los periodos de 10, 60 y los posibles 30 días adicionales de la Decisión Marco se refieren a la decisión de ejecutar una OEDE; la custodia se rige por las normas aplicables de la UE y Grecia. El vencimiento del plazo de decisión no siempre implica la puesta en libertad automática. El artículo 452 también encomienda al Consejo competente de la Audiencia de Apelación resolver dudas u objeciones sobre la detención por extradición; el abogado debe pedir una resolución pronta y comprobar el registro de custodia.

¿Qué ocurre si la persona es griega, tiene doble nacionalidad o ya afronta un proceso en Grecia?

El artículo 438(a) prohíbe la extradición ordinaria si la persona era ciudadana griega en el momento de los hechos. Importa la fecha en que adquirió la nacionalidad, por lo que deben obtenerse pruebas además del pasaporte actual. No aplique automáticamente esta regla a una OEDE, que se rige por un régimen distinto. La doble nacionalidad, por sí sola, no determina el procedimiento ni las excepciones del tratado.

Conforme al artículo 441, la entrega puede aplazarse mientras haya un proceso penal en Grecia y, tras una condena, hasta que se cumpla la pena o la persona sea puesta en libertad. El artículo 442 contempla la entrega temporal en determinadas circunstancias. El Areios Pagos aclaró en la resolución 790/2025 que este aplazamiento afecta a la decisión ministerial de entrega, no al examen judicial de la solicitud de extradición ni al recurso. Antes de considerar inmediata la entrega tras la decisión ministerial, el abogado debe comprobar si existen cargos, vistas, condenas u órdenes griegas que afecten al calendario.

¿Qué cambia si la persona consiente en la extradición?

Consentir no es lo mismo que renunciar a la vista. El artículo 448 exige consentimiento expreso ante el presidente de la Audiencia de Apelación competente, con presencia del abogado y de un intérprete si la persona no entiende griego. Debe informársele de que la declaración es irrevocable. El consentimiento puede acortar el procedimiento, pero también eliminar oportunidades para impugnar la solicitud; obtenga primero asesoramiento independiente en un idioma que la persona comprenda.

El consentimiento no elimina la regla de especialidad: por regla general, el Estado requirente no puede perseguir delitos anteriores a la entrega distintos de los comprendidos en ella, con sujeción a las excepciones del tratado y de la ley. El abogado debe explicar qué cargos o condena cubre la solicitud, si existen cargos adicionales y si se necesita el consentimiento griego para un proceso posterior o una entrega ulterior. Consentir la entrega es distinto de renunciar a comparecer o a otro derecho procesal.

¿Qué debe hacer un abogado de extradición en cada fase?

Una defensa eficaz empieza por identificar el procedimiento, no por prometer un resultado. El abogado debe determinar si se trata de extradición ordinaria, una OEDE, una detención provisional basada en una alerta o una medida de inmigración. La extradición, la entrega mediante OEDE y la deportación son procedimientos distintos; una notificación roja de INTERPOL no demuestra que exista una orden de entrega.

  • Inmediatamente después de la detención: confirmar la autoridad, el instrumento jurídico, la hora de detención, el distrito competente y el acceso a abogado e intérprete. Cuando proceda, avisar al consulado e informar a la familia de qué autoridad retiene a la persona.
  • Cuando llegue el expediente: comprobar la identidad, la orden o sentencia firme, el delito y la pena, las traducciones, las disposiciones legales, el estado del tratado y cualquier solicitud de aclaraciones conforme al artículo 444.
  • Antes de la vista ante el Consejo: organizar pruebas de identidad, nacionalidad, procesos griegos y estado de la sentencia extranjera. Los motivos detallados de denegación y las pruebas se tratan en la guía para impugnar la extradición desde Grecia.
  • Después de la decisión: registrar la fecha de publicación, valorar el recurso del artículo 451, comprobar las órdenes de custodia y seguir la fase ministerial si el dictamen pasa a ser firme y favorable.
  • Si la persona está en otra parte de Grecia: consulte la guía del distrito en vez de asumir que la práctica de Atenas se aplica en el país entero. Hay páginas específicas para Atenas, Salónica y Heraclión; el plan del sitio también incluye Patras y El Pireo.

Si un Estado tercero solicita la extradición de un ciudadano de la UE, el Derecho de la UE puede exigir coordinación adicional cuando sean aplicables los artículos 18 y 21 TFUE. En BY (C-398/19, 17 de diciembre de 2020), el Tribunal de Justicia aclaró que el Estado requerido debe compartir con el Estado de nacionalidad los datos fácticos y jurídicos pertinentes y darle un plazo razonable para emitir una OEDE relativa, al menos, a los mismos hechos. El Estado requerido no está obligado a obtener el expediente completo de investigación y puede seguir adelante una vez transcurrido un plazo razonable si no se emite una OEDE pertinente. Esto no crea inmunidad automática frente a la extradición. Para solicitudes destinadas a ejecutar una condena, también puede importar la sentencia distinta Generalstaatsanwaltschaft München (C-237/21, 22 de diciembre de 2022): si el ciudadano de la UE reside permanentemente en el Estado requerido, la ley de ese Estado prohíbe extraditar a sus propios nacionales para ejecutar condenas y permite ejecutar allí la pena, el Estado requerido debe buscar activamente el consentimiento del tercer Estado para que la condena se cumpla en su territorio. Si no obtiene ese consentimiento, la extradición aún puede ser posible en cumplimiento de una obligación internacional, siempre que se respeten los derechos fundamentales. La sentencia posterior Kamekris (C-219/25 PPU, 19 de junio de 2025) también importa si otro Estado miembro de la UE ya denegó la extradición de la misma persona al mismo tercer Estado por un riesgo grave de tortura, trato inhumano o degradante, o vulneración del derecho a un juicio justo: el Derecho de la UE no exige una denegación automática por la decisión anterior, pero el nuevo Estado requerido debe considerar debidamente sus motivos al evaluar por sí mismo el riesgo para los derechos fundamentales. Estas cuestiones de Derecho de la UE dependen de los hechos y no sustituyen al recurso previsto en la legislación griega.

¿Qué deben preparar ahora la persona y su familia?

Prepare una carpeta con fechas y conserve los originales. Incluya los registros griegos de detención y custodia; la orden extranjera, el escrito de acusación o la sentencia firme; las normas sobre el delito y la pena; los documentos de identidad y las pruebas de cualquier cambio de nombre o nacionalidad; la fecha de detención y cualquier resolución de prórroga; así como citaciones, resoluciones judiciales, notificaciones ministeriales y traducciones. Si la solicitud se basa en una condena, incluya pruebas de su firmeza y de si la persona fue notificada y pudo comparecer o estar representada.

La familia debe anotar la hora y el lugar exactos de la detención, la autoridad que contactó con ella, el nombre del intérprete y las fechas que figuran en los documentos. No negocie directamente con la policía extranjera ni haga declaraciones contradictorias. Envíe los documentos de forma segura y pida al abogado que confirme la próxima vista, la base jurídica de la detención, el plazo de recurso y quién debe presentar cada documento.

Ejemplo hipotético: un ciudadano no griego es detenido en Salónica después de que un Estado no perteneciente a la UE solicite su extradición para ser procesado. La defensa debe establecer primero que se trata de extradición ordinaria, obtener la solicitud y el registro de detención, comprobar si el delito alegado cumple el artículo 437 y el umbral del tratado aplicable, y preparar la vista ante el Consejo competente de la Audiencia de Apelación. Si el Consejo publica una decisión definitiva desfavorable, el abogado debe tratar como urgente el plazo de cinco días del artículo 451 y calcularlo desde la publicación, no desde el día en que la familia conoce el resultado.

¿Dónde consultar los motivos de denegación y la práctica judicial local?

Esta guía explica el procedimiento ordinario y las funciones del tribunal y del ministro, pero no todos los motivos de denegación ni todos los argumentos de recurso. El artículo 438 contiene prohibiciones y garantías de derechos humanos cuya aplicación depende de los hechos y del tratado; los motivos y las pruebas detallados se tratan en la página sobre denegación y recursos. Para la secuencia internacional, consulte la guía sobre la extradición desde la solicitud hasta la decisión final.

Los aspectos locales —la autoridad competente del distrito, las condiciones de acceso a la persona detenida y el lugar de custodia tras una detención en una zona concreta— deben confirmarse para el lugar real de la detención. Esta página no afirma que el mismo centro de detención, sede de vista o calendario local se aplique en toda Grecia.

Preguntas frecuentes

¿Una notificación roja de INTERPOL significa que Grecia ya ha ordenado la extradición?

No. Una notificación roja es una alerta policial internacional, no un dictamen judicial griego ni una decisión ministerial de entrega. Las autoridades deben identificar la base jurídica de cualquier detención y el procedimiento que seguirá.

¿Se puede recurrir una decisión de extradición en Grecia?

En una extradición ordinaria, el artículo 451 permite recurrir ante el Areios Pagos en un plazo de cinco días desde la publicación de la decisión definitiva en la audiencia del Consejo de la Audiencia de Apelación. Solicite asesoramiento inmediatamente: el plazo es breve y la vía de la OEDE es diferente.

¿Puede el ministro de Justicia ordenar la extradición antes de que termine el proceso judicial?

No. Conforme al artículo 452, solo puede dictarse una orden de extradición después de que el Consejo judicial emita un dictamen favorable firme. La fase judicial y la decisión ministerial son distintas.

¿La ciudadanía griega puede impedir la entrega?

El artículo 438(a) prohíbe la extradición ordinaria si la persona era ciudadana griega en el momento de los hechos alegados. La orden europea de detención y entrega tiene un régimen separado, por lo que no debe asumirse la misma conclusión sin comprobar la ley de la OEDE y los hechos.

Fuentes y materiales jurídicos

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Última actualización: 2026-10-26

Autor: Razmik Khachatrian

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